septiembre 25, 2026
Abelardo de la Espriella evanta suspensión del porte de armas con permiso

Crédito: AFP

Colombia levanta la suspensión del porte de armas para ciudadanos con permisos vigentes, pero mantiene requisitos y controles legales.

Bogotá, Colombia.– El presidente colombiano Abelardo de la Espriella firmó el Decreto 1368 de 2026, mediante el cual puso fin a la suspensión general de los permisos para el porte de armas de fuego que se encontraba vigente en todo el territorio nacional, aunque la medida no implica una autorización para el libre porte de armas en el país.

La decisión deja sin efecto la prórroga establecida mediante el Decreto 1482 del 31 de diciembre de 2025, que había extendido la suspensión de los permisos desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026.

Con el nuevo decreto, el Gobierno colombiano aclaró que el levantamiento de la suspensión no elimina los requisitos, controles ni las restricciones establecidos por la legislación nacional para la tenencia y el porte de armas de fuego.

¿Quiénes podrán portar armas en Colombia?

A partir de la nueva disposición, únicamente podrán portar armas las personas que cuenten con permisos o salvoconductos vigentes, siempre que estos no hayan sido suspendidos, cancelados o revocados.

Además, la autorización estará limitada específicamente a las armas que se encuentren amparadas por cada permiso. Por lo tanto, el levantamiento de la suspensión general no modifica los requisitos que deben cumplir los ciudadanos para portar legalmente un arma.

La medida se aplica en un contexto en el que el Gobierno mantiene los controles establecidos por la normativa colombiana para regular el acceso y porte de armas de fuego.

Gobierno defiende el levantamiento de la restricción

De la Espriella defendió la decisión al señalar que una parte importante de los delitos cometidos con armas de fuego está relacionada con armamento ilegal.

El mandatario también sostuvo que mantener restricciones adicionales sobre ciudadanos que cumplen los requisitos establecidos por la ley no ha impedido que las estructuras criminales continúen utilizando armas.

Desde la posición del Gobierno, el levantamiento de la suspensión busca fortalecer las garantías relacionadas con la legítima defensa, pero dentro de los controles establecidos por la legislación colombiana.

La disposición, por tanto, no representa un cambio hacia un sistema de libre porte de armas. Los ciudadanos que pretendan portar un arma deberán continuar contando con la autorización correspondiente y cumplir las condiciones establecidas para mantenerla vigente.

La decisión genera posiciones encontradas

El levantamiento de la suspensión ha provocado reacciones divididas en Colombia. Mientras el Gobierno sostiene que la medida busca garantizar la legítima defensa de los ciudadanos que cumplen los requisitos legales, sectores políticos y expertos han expresado preocupación por los posibles efectos de una mayor circulación de armas.

Entre las advertencias planteadas se encuentra el riesgo de que una mayor disponibilidad de armas pueda incrementar los niveles de violencia. Desde esta perspectiva, la seguridad ciudadana debe continuar siendo una responsabilidad prioritaria del Estado.

El debate se desarrolla, por tanto, entre quienes consideran que los ciudadanos que cumplen las exigencias legales deben poder ejercer las autorizaciones otorgadas y quienes advierten sobre los riesgos asociados a una mayor circulación de armas de fuego.

Según cifras oficiales divulgadas por el Gobierno, en Colombia existen cientos de miles de armas registradas con permisos legales. Sus propietarios podrán acogerse a la nueva disposición siempre que la documentación correspondiente permanezca vigente y que las autorizaciones no hayan sido suspendidas, canceladas o revocadas.

El Decreto 1368 de 2026 establece así el fin de la suspensión general que había regido durante 2026, pero mantiene vigente el esquema de permisos, controles y limitaciones previsto por la legislación colombiana.

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